Nuestra historia

La Sanidad Penitenciaria y la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria

En 1998 se crea la Revista Española de Sanidad Penitenciaria (RESP) como medio de expresión de la SESP. La RESP está incluida en el Directory of Open Access Journals (DOAJ), en Excerpta Medica Database (EMBASE), en FECYT, en el índice bibliográfico español en ciencias de la salud (IBECS), en el Index Medicus Español (IME), en la plataforma SCIELO (Scientific Electronic Librery Online), en Scimago Journal & Country Rank (SJR), en Scopus, y en Medline (U.S. National Library of Medicine).

La SESP forma parte de la Federación Europea de Sanidad Penitenciaria HWB (“salud sin barreras”) creada en el año 2014 para el desarrollo de programas que mejoren la atención sanitaria de personas privadas de libertad a nivel europeo.

Actualmente la SESP tiene reconocimiento a nivel internacional, es una Sociedad acreditada científicamente en el campo de la salud y está presente como referente en numerosos eventos relacionados con la sanidad penitenciaria.

Modelos de atención y asistencia sanitaria

Ya en el Siglo XIX aparece el concepto de Sanidad Penitenciaria como un concepto legal. En el año 1886 se regula la necesidad de atención médica adecuada en las prisiones españolas. Pero no es hasta el último cuarto del Siglo XX cuando, a raíz de la epidemia del SIDA que golpeó expresamente a la población penitenciaria, evoluciona y se desarrolla un sistema sanitario penitenciario basado en la universalidad, equidad, solidaridad y financiación pública. Este sistema sanitario se regula en la Constitución Española de 1978, en la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) 1/1979 de 26 de septiembre y en el Real Decreto 1201/1981 de 8 de mayo , por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario (RP).

En el año 1997 se crea la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria (SESP) por los profesionales sanitarios penitenciarios, con el objetivo de mejorar la formación, la calidad de la atención a los reclusos e impulsar la investigación en el ámbito de la sanidad penitenciaria.

 

Desde el año 2003 en el que se promulgó la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, la sanidad penitenciaria debería ser provista por los distintos servicios de salud de cada comunidad autónoma. En la actualidad (octubre 2023), solo se cumple en las prisiones de las comunidades autónomas de Cataluña, Navarra y País Vasco. En el resto de prisiones de España la sanidad penitenciaria la provee el Ministerio del Interior por medio de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

El modelo de atención sanitaria en los centros penitenciarios es, básicamente, el de la atención primaria, con algunas características específicas del medio que estarían más cerca de la Atención Especializada, sobre todo en el terreno de:

  • Las adicciones

    • Cerca del 70% de la población consume o ha consumido drogas ilegales antes de su ingreso en prisión. (ESDIP 2022).

  • La patología Infecciosa asociada a la drogadicción o a la marginalidad:

    • Infección VIH

    • Hepatitis Víricas

    • Tuberculosis

    • Etc

  • La Salud Mental:

    • Cerca del 5% de los internos tienen un Trastorno Mental Grave (TMG)

    • Elevada prevalencia de Trastornos de Personalidad, fundamentalmente Cluster B

    • Elevada prevalencia de Patología Dual

Además, se deben atender situaciones exclusivas del medio penitenciario relacionadas con los distintos grados de tratamiento penitenciario y con el régimen disciplinario

La Atención Especializada y la hospitalización de la población reclusa se presta en los hospitales de referencia asignados por los distintos Servicios de Salud de las comunidades autónomas.